Conexión clandestina, calificada como robo simple por un fallo judicial

El fallo 15.704/06 sienta un precedente importante en relación a las conexiones clandestinas al servicio de cable, calificadas por esta misma sentencia como robo simple.

Los antecedentes de este fallo se remontan al 16 de marzo pasado, cuando la empresa Multicanal inicia una acción penal en el Juzgado de Instrucción 8, contra el propietario de un inmueble sito en la calle Gral. Cesar Díaz, en la Capital Federal. El 7 de abril se realiza el allanamiento en la vivienda, y se constata la existencia de la conexión clandestina. El 13 de junio salió la resolución del juzgado que ordena el procesamiento de la ocupante del inmueble, Ana María Reyes, por el delito de robo simple, y se ordena un embargo por la suma de $ 2.000.

En este caso, antes de la audiencia del debate oral, la imputada solicitó la suspensión del juicio a prueba, que le fue otorgado, previo consentimiento de los abogados de la empresa demandante. La Sra. Reyes se comprometió a pagar a Multicanal la suma de $ 700, y a realizar tareas comunitarias por el plazo de 1 año.

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Los antecedentes de este fallo se remontan al 16 de marzo pasado, cuando la empresa Multicanal inicia una acción penal en el Juzgado de Instrucción 8, contra el propietario de un inmueble sito en la calle Gral. Cesar Díaz, en la Capital Federal. El 7 de abril se realiza el allanamiento en la vivienda, y se constata la existencia de la conexión clandestina. El 13 de junio salió la resolución del juzgado que ordena el procesamiento de la ocupante del inmueble, Ana María Reyes, por el delito de robo simple, y se ordena un embargo por la suma de $ 2.000.

En este caso, antes de la audiencia del debate oral, la imputada solicitó la suspensión del juicio a prueba, que le fue otorgado, previo consentimiento de los abogados de la empresa demandante. La Sra. Reyes se comprometió a pagar a Multicanal la suma de $ 700, y a realizar tareas comunitarias por el plazo de 1 año.

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